Distinguidos estudiantes, es grato
tener la oportunidad de ser su maestra en este nuevo semestre; y considerando que
una de sus primeras aspiraciones es ser merecedores del título de abogado, ganado
con esfuerzo y dedicación; es necesario que conozcan lo siguiente y así poder
hacer realidad su meta trazada. A partir
de ahora soy su guía para caminar juntos de la mano con la excelencia, menos de
eso sería perder el tiempo y estoy segura que ustedes no se han matriculado
para perder tiempo ni dinero.
Lea detenidamente:
EN EL AULA DE CLASE
1.
La asistencia es puntual, pasado dos minutos de la hora
establecida se considera atraso.
2.
Si usted llega atrasado, y le permito el ingreso, hágalo en
silencio.
2. Tres
atrasos de hasta cinco minutos cada uno, constituyen una falta injustificada.
3. No
utilizarán celular durante las clases, quien lo hiciera sin permiso, tendrá que
abandonar el aula.
4. Asegúrese
de haber ido al baño con tiempo, durante las clases no se les concederá permiso.
5.
Evite conversar en clases, si desea hacerlo, retírese, y simplemente lo
consideraré como falta injustificada.
DE
LAS TAREAS
6.
No existe excusa para incumplir con alguna tarea. Si esto sucede, se
justifica únicamente con certificado médico.
7. Para
presentar una tarea, como prerrequisito debe haber entregado la anterior a
esta, caso contrario no será aceptada.
8. Los
trabajos en grupo sirven para designar temas, pero la calificación siempre será
individual.
9.
Las exposiciones serán por sorteo, y
todos deben saber todo los temas. No se acepta la excusa de que han preparado solo
su “parte”. Recuerden, no existe parte, es TODO…
10. Obtendrán
un puntaje extra los grupos mejor organizados, nota que le podrán conceder a
uno de sus compañeros cuando más la necesite.
11. Las
exposiciones se califican sobre dos puntos. Quien no asista, automáticamente perderán
los puntos, los mismos que son irrecuperables.
12. En
sus escritos cuiden su Ortografía, las faltas también hará que disminuya su
calificación.
13. Utilizarán
una carpeta con hojas tamaño oficio de cuadros, cada que se requiera un trabajo
en clase, no se permitirá que arranquen hojas del cuaderno, sino que utilizarán
las hojas de la carpeta.
14. En
la carpeta archivarán todos los documentos, al final del mes se la solicitará
para asentar la nota, si falta algún documento, perderán esa nota.
15.
Toda trabajo de exposición debe tener sus diapositivas elaboradas, caso contrario…
no podrá exponer.
16. Si
tiene dificultades para hacer diapositivas o considera que su Ortografía es
mala, investigue y practique que el bien es para usted.
17. Cuando
envíe tareas a mano, utilizarán solo lapicero negro y azul… nunca de otros
colores.
ASPECTO
PERSONAL
18. El
vestuario a utilizar deberá ser formal, propio de estudiantes universitarios de
la carrera de Derecho. Lo ideal sería todos los días; pero si es
requisito indispensable para exposiciones y evaluaciones parciales.
19. No
podrá sustentar el grupo si uno de sus integrantes está mal presentado (cabello
largo, pelos en punta, pelos tipo casco, aretes, pantalones rotos, etc.)
Por lo tanto, se sugiere conversar y apoyar a sus compañeros antes de la
fecha de presentación y que entiendan que a eso que le llaman moda lo dejen
para otro sitio y no para el aula de clase.
20. A
aquellos integrantes de grupo que consigan que un compañero con dificultades
logre mejorar, obtendrán puntajes extras. Practiquen el apoyo
entre pares.
USO
DEL BLOG
21. El
blog es un medio para facilitarles la comunicación entre compañeros y con el
docente.
22. No
se aceptarán comentarios mal intencionados e inapropiados.
23. Deben
hacerse miembros con su verdadero nombre, no se aceptan seudónimos.
24. Toda
diapositiva o trabajo a computadora será subido en scribd y luego el link lo
copiarán en el blog para poder revisarlo e indicarles su calificación.
25. Considerando
que muchas personas tendrán la oportunidad de leer lo que ustedes hacen, es
necesario evitar la copia. Recuerden que el plagio es un delito y a más de eso
le perjudicará su nota.
Algunos
han de estar sorprendidos con tantas aclaraciones, pero les aseguro que
seguirlas harán de ustedes mejores estudiantes. Aquellos que no
estén dispuestos a aprovechar esta oportunidad, desde ya les digo que lo
lamento; pero si me concedieron el honor de ser su maestra, es para guiarlos
hasta alcanzar la excelencia.
Con
cariño
Ab. Jenny Villegas Solís
Definición de la Ley Penal
ResponderEliminarLa ley penal es el conjunto de normas jurídicas que definen los delitos y las faltas, determina las responsabilidades, o las exenciones y establecen las penas o medidas de seguridad, que corresponden a las figuras delictivas. La Ley Penal es una fuente del derecho penal: la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina. Forma la ley Penal.- Característica de la ley penal determinación absoluta.- interpretación de la ley penal, legislativa judicial, doctrinaria, literal, lógica analógica, extensiva, restrictiva, progresiva. El derecho penal considerado en su aspecto objetivo, como ordenamiento jurídico, corresponde en cada Estado a las condiciones y necesidad sociales a la vez que comprende la aceptación o reconocimiento de principios de principios e instituciones a los cuales la sociedad se ve precisada a acomodarse, para las relaciones entre las personas obedezcan a un sistema armónico que garantice eficazmente los intereses jurídicos.
En el sentido como he interpretado el derecho penal. Por su aspecto positivo del ordenamiento jurídico, su única fuente es la ley, al aceptan la necesidades de un estatuto de esta naturaleza que defina los hechos ilícitos y señala las sanciones.
“Nullen Crimen Sine Lege”.- No hay delito sin declaraciones expresa de la Ley.
Gustavo Rendón G.
Magistrado del Tribunal Superior de Medellín
DEFINICION DE LA LEY PENAL:
ResponderEliminarLa Ley Penal es la norma que puede establecer las conductas delictivas y sus penas, cumpliendo una función de garantía de los ciudadanos, pues el monopolio de la ley -con todos sus requisitos materiales y formales- satisface las exigencias constitucionales de seguridad jurídica y de certeza propias del Estado de Derecho.
La Ley Penal es la única norma que puede establecer las conductas delictivas y sus penas, cumpliendo una función de garantía de los ciudadanos, pues el monopolio de la ley -con todos sus requisitos materiales y formales- satisface las exigencias constitucionales de seguridad jurídica y de certeza propias del Estado de Derecho
Autor: (Constantinos Stamatoulos,2014,Enciclopedia Juridica, 2da Edición ,Marlong Building 13)
"Las leyes nacen por las necesidades de la sociedad, viven para cumplirse e infringirse, y mueren por la ignorancia y el olvido de las personas"
ResponderEliminarDefinición de: LEY PENAL
Es la rama del Derecho, el cual regula el castigo de los delitos cometidos, mediante la imposición de las penas, encargada en regular la actividades de la sociedad.
La ley penal busca proteger a todos creando la paz social con normas impuestas por una autoridad.Ley Penal, es la que define los delitos y las faltas, que determinan las responsabilidades específicas de las penas o mediadas de seguridad que a las distintas figuras delictivas o de peligro social correspondan.
Ricardo Macuart 2010
Código Orgánico Procesal Penal.(2001) Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.558. 14 de noviembre de 2001.