lunes, 22 de abril de 2013

BIENVENIDA E INDICACIONES GENERALES


Distinguidos estudiantes,  es grato tener la oportunidad de ser su maestra en este nuevo semestre; y considerando que una de sus primeras aspiraciones es ser merecedores del título de abogado, ganado con esfuerzo y dedicación; es necesario que conozcan lo siguiente y así poder hacer realidad su meta trazada.  A partir de ahora soy su guía para caminar juntos de la mano con la excelencia, menos de eso sería perder el tiempo y estoy segura que ustedes no se han matriculado para perder tiempo ni dinero.

Lea detenidamente:

EN EL AULA DE CLASE

1.      La asistencia es puntual, pasado dos minutos de la hora establecida se considera atraso.

2.      Si usted llega atrasado, y le permito el ingreso, hágalo en silencio.
2.     Tres atrasos de hasta cinco minutos cada uno, constituyen una falta injustificada.
3.     No utilizarán celular durante las clases, quien lo hiciera sin permiso, tendrá que abandonar el aula.

4.     Asegúrese de haber ido al baño con tiempo, durante las clases no se les concederá permiso.

5. Evite conversar en clases, si desea hacerlo, retírese, y simplemente lo consideraré como falta injustificada.

DE LAS TAREAS

6.   No existe excusa para incumplir con alguna tarea. Si esto sucede, se justifica únicamente con certificado médico.

7.     Para presentar una tarea, como prerrequisito debe haber entregado la anterior a esta, caso contrario no será aceptada.  

8.     Los trabajos en grupo sirven para designar temas, pero la calificación siempre será individual.

9.   Las exposiciones serán por sorteo, y todos deben saber todo los temas. No se acepta la excusa de que han preparado solo su “parte”. Recuerden, no existe parte, es TODO…
10.     Obtendrán un puntaje extra los grupos mejor organizados, nota que le podrán conceder a uno de sus compañeros cuando más la necesite.

11.     Las exposiciones se califican sobre dos puntos. Quien no asista, automáticamente perderán los puntos, los mismos que son irrecuperables.

12. En sus escritos cuiden su Ortografía, las faltas también hará que disminuya su calificación.

13. Utilizarán una carpeta con hojas tamaño oficio de cuadros, cada que se requiera un trabajo en clase, no se permitirá que arranquen hojas del cuaderno, sino que utilizarán las hojas de la carpeta.

14. En la carpeta archivarán todos los documentos, al final del mes se la solicitará para asentar la nota, si falta algún documento, perderán esa nota.

15. Toda trabajo de exposición debe tener sus diapositivas elaboradas, caso contrario… no podrá exponer.
16. Si tiene dificultades para hacer diapositivas o considera que su Ortografía es mala, investigue y practique que el bien es para usted.

17. Cuando envíe tareas a mano, utilizarán solo lapicero negro y azul… nunca de otros colores.


ASPECTO PERSONAL

18. El vestuario a utilizar deberá ser formal, propio de estudiantes universitarios de la carrera de Derecho. Lo ideal sería todos los días; pero si es requisito indispensable para exposiciones y evaluaciones parciales.
19. No podrá sustentar el grupo si uno de sus integrantes está mal presentado (cabello largo, pelos en punta, pelos tipo casco, aretes, pantalones rotos, etc.)  Por lo tanto, se sugiere conversar y apoyar a sus compañeros antes de la fecha de presentación y que entiendan que a eso que le llaman moda lo dejen para otro sitio y no para el aula de clase.

20. A aquellos integrantes de grupo que consigan que un compañero con dificultades logre mejorar, obtendrán puntajes extras. Practiquen el apoyo entre pares.

USO DEL BLOG

21.  El blog es un medio para facilitarles la comunicación entre compañeros y con el docente.

22. No se aceptarán comentarios mal intencionados e inapropiados.

23. Deben hacerse miembros con su verdadero nombre, no se aceptan seudónimos.

24.  Toda diapositiva o trabajo a computadora será subido en scribd y luego el link lo copiarán en el blog para poder revisarlo  e indicarles su calificación.

25. Considerando que muchas personas tendrán la oportunidad de leer lo que ustedes hacen, es necesario evitar la copia. Recuerden que el plagio es un delito y a más de eso le perjudicará su nota.


Algunos han de estar sorprendidos con tantas aclaraciones, pero les aseguro que seguirlas harán de ustedes mejores estudiantes.  Aquellos que no estén dispuestos a aprovechar esta oportunidad, desde ya les digo que lo lamento; pero si me concedieron el honor de ser su maestra, es para guiarlos hasta alcanzar la excelencia.

Con cariño

Ab. Jenny Villegas Solís


3 comentarios:

  1. Definición de la Ley Penal

    La ley penal es el conjunto de normas jurídicas que definen los delitos y las faltas, determina las responsabilidades, o las exenciones y establecen las penas o medidas de seguridad, que corresponden a las figuras delictivas. La Ley Penal es una fuente del derecho penal: la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina. Forma la ley Penal.- Característica de la ley penal determinación absoluta.- interpretación de la ley penal, legislativa judicial, doctrinaria, literal, lógica analógica, extensiva, restrictiva, progresiva. El derecho penal considerado en su aspecto objetivo, como ordenamiento jurídico, corresponde en cada Estado a las condiciones y necesidad sociales a la vez que comprende la aceptación o reconocimiento de principios de principios e instituciones a los cuales la sociedad se ve precisada a acomodarse, para las relaciones entre las personas obedezcan a un sistema armónico que garantice eficazmente los intereses jurídicos.
    En el sentido como he interpretado el derecho penal. Por su aspecto positivo del ordenamiento jurídico, su única fuente es la ley, al aceptan la necesidades de un estatuto de esta naturaleza que defina los hechos ilícitos y señala las sanciones.

    “Nullen Crimen Sine Lege”.- No hay delito sin declaraciones expresa de la Ley.

    Gustavo Rendón G.
    Magistrado del Tribunal Superior de Medellín

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  2. DEFINICION DE LA LEY PENAL:
    La Ley Penal es la norma que puede establecer las conductas delictivas y sus penas, cumpliendo una función de garantía de los ciudadanos, pues el monopolio de la ley -con todos sus requisitos materiales y formales- satisface las exigencias constitucionales de seguridad jurídica y de certeza propias del Estado de Derecho.
    La Ley Penal es la única norma que puede establecer las conductas delictivas y sus penas, cumpliendo una función de garantía de los ciudadanos, pues el monopolio de la ley -con todos sus requisitos materiales y formales- satisface las exigencias constitucionales de seguridad jurídica y de certeza propias del Estado de Derecho
    Autor: (Constantinos Stamatoulos,2014,Enciclopedia Juridica, 2da Edición ,Marlong Building 13)

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  3. "Las leyes nacen por las necesidades de la sociedad, viven para cumplirse e infringirse, y mueren por la ignorancia y el olvido de las personas"

    Definición de: LEY PENAL
    Es la rama del Derecho, el cual regula el castigo de los delitos cometidos, mediante la imposición de las penas, encargada en regular la actividades de la sociedad.
    La ley penal busca proteger a todos creando la paz social con normas impuestas por una autoridad.Ley Penal, es la que define los delitos y las faltas, que determinan las responsabilidades específicas de las penas o mediadas de seguridad que a las distintas figuras delictivas o de peligro social correspondan.

    Ricardo Macuart 2010
    Código Orgánico Procesal Penal.(2001) Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.558. 14 de noviembre de 2001.

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